Paralizan faenas de construcción por exceso de ruido en Terminal Puerto Coquimbo

Por instrucción de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) deberán instalar pantallas acústicas perimetrales y biombos para los equipos que generan mayores ruidos, entra otras varias medidas.

Un plazo de 15 días hábiles otorgó la Superintendencia para aplicar nueve medidas en total para reducir el ruido que generan las obras de hincado de pilotes, tránsito de maquinaria pesada, hidrolavadoras y movimiento de materiales que son parte de los trabajos de modernización del puerto.

Terminal Puerto de Coquimbo, es el titular del proyecto “Modernización del Puerto de Coquimbo” que está bajo la supervisión ambiental de la SMA, institución que recibió denuncias de residentes del centro de Coquimbo, lo que dio origen a una fiscalización en terreno donde las mediciones marcaron hasta 14 decibeles sobre la norma los domicilios de los denunciantes, considerando que el máximo es de 60 decibeles en horario diurno.

Las nueve medidas que deberá implementar la portuaria son:

1. Construir e instalar en el margen poniente-surponiente del sector denominado “Patio de Fabricación de Pilotes” pantallas acústicas perimetrales.

2. Instalar encierros acústicos a los grupos electrógenos que se localicen en los sectores denominados como “Patio de Fabricación de Pilotes” y “Taller de Misceláneos”.

3. Identificar los equipos y herramientas de uso manual que se utilicen en los sectores del “Patio de Fabricación de Pilotes” y “Taller de Misceláneos” y que constituyan fuentes emisoras de ruido, tales como sierras, esmeriles, martillos percutores, sonda de hormigón, hidrolavadora, hidroarenado y demás herramientas de percusión, corte o vibración, ya sean eléctricas o manuales. En caso de que para la operación de equipos o herramientas se requiera el uso de un compresor, este también debe ser considerado en la identificación y medidas. Una vez identificados los equipos y, o herramientas, el titular deberá dar cuenta de la implementación de biombos acústicos (fijos o móviles) que resulten adecuados para mitigar el ruido.

4. Construir un taller techado de corte de materiales que mitigue el impacto acústico de esa actividad

5. Prohibir el uso de aquellos equipos identificados como fuentes emisoras, tales como equipos, herramientas de uso manual y herramientas de corte, hasta que no se encuentren plenamente implementados los biombos acústicos.

6. Identificar la maquinaria pesada utilizada en faenas que operen o transiten en los sectores denominados como “Patio de Fabricación de Pilotes”, “Taller de Misceláneos”, “Patio de Acopio Materiales” y en el camino de tránsito del acceso norte a dichos sectores y que constituyan fuentes emisoras de ruido, tales como camión pluma, grúa hidráulica, camión mixer, camión rampla, camión cama baja y símiles. El titular deberá dar cuenta de la implementación de pantallas acústicas locales que resulten adecuadas para mitigar el ruido de dichas fuentes emisoras y la restricción de su uso en jornada nocturna.

7. Prohibir el uso en todo horario de aquella maquinaria identificada como fuentes emisoras de ruido, hasta que no se encuentren plenamente implementadas barreras acústicas.

8. Realizar un análisis y estudio que considere el diseño, ejecución y verificación de modelación de ruidos en receptores sensibles, tanto en forma diurna como nocturna, y a partir de ello, proponer nuevas o mejoradas medidas de mitigación a fin de cumplir con los límites establecidos en el D.S N° 38/2011 MMA.

9. Prohibición de realizar las actividades de Hinca de Pilotes durante el periodo en el que se esté realizando el estudio señalado en el punto 8 y mientras no se dé inicio al proceso de implementación de las medidas correctivas que sean necesarias de acuerdo a dicho análisis.

En caso que la empresa no cumpla con las medidas de prohibición, la SMA puede solicitar la autorización del Tribunal Ambiental respectivo para ordenar la detención plena de la construcción.