Daniel Fernández: “Las navieras internacionales no tienen interés en hacer cabotaje en Chile”

Daniel Fernández, presidente del directorio de la Cámara Marítima y Portuaria de Chile.

Una nueva sesión de la Comisión de Transportes del Senado tuvo como invitado al presidente de la Cámara Marítima y Portuaria de Chile para exponer sobre las modificaciones a la ley.

En la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado siguió el debate por las modificaciones a la Ley de Fomento a la Marina Mercante y Ley de Navegación. Los parlamentarios recibieron la exposición del presidente de la Cámara Marítima y Portuaria de Chile (Camport), Daniel Fernández quien manifestó su apoyo a la liberalización del cabotaje.

En su presentación, el ejecutivo aseguró que “las navieras internacionales no tienen ningún interés en hacer cabotaje en Chile, es un mercado chico y son naves muy grandes. Por lo tanto decir que este proyecto de ley es una amenaza, me parece que no corresponde, no es así, no va a ocurrir”.

A su juicio, el cabotaje debiera ser levantado completamente en toda la línea pero entiende que hay puntos de vista diferentes respecto del cabotaje puro dentro de Chile. “Si se quiere hacer una protección lo que se debiera reclamar en el proyecto de ley con toda claridad es que los contenedores de la carga de comercio exterior no debiera ser nunca entendida como cabotaje para movimientos internos dentro de Chile”, explicó Fernández.

El presidente de la Cámara Marítima y Portuaria de Chile aclaró ante la Comisión que “lo que nosotros aspiramos es que se declare expresamente y sin ninguna ambigüedad que la carga - contenedores vacíos o con carga - de comercio exterior que tiene destino fuera de Chile no sea considerado nunca cabotaje”.

Daniel Fernández explicó a la Comisión que en la actualidad si un buque con carga del comercio exterior que tiene como destino el puerto de San Antonio y se encuentra con el terminal cerrado por condiciones climáticas no puede dejar la carga en forma temporal en un puerto del norte de Chile y luego llevarla a su destino original en una nave diferente porque ese movimiento es considerado cabotaje con el marco legal vigente.

“Esta operación debe someterse a la solicitud de waiver, a pesar de que la carga no ha ingresado formalmente al país. En estas circunstancias las navieras dejan la carga en puerto peruanos como Callao y luego en otro viaje la recogen y llevan a su destino original. Esto encarece los fletes y reduce la actividad de los puertos nacionales”, concluyó el presidente de la Camport.