Tres terminales marítimos entre las empresas que deben cumplir medidas provisionales de la SMA
![Los terminales marítimos de Enap, Copec y Oxiquim están entre las empresas con restricciones para carga y descarga de combustibles en caso de aumento de la contaminación en la zona.](https://image.agendamaritima.cl/1525264.webp?imageId=1525264&width=960&height=548&format=jpg)
La entidad fiscalizadora ordenó acciones para disminuir los contaminantes volátiles en la atmósfera tras un episodio crítico que afectó la salud de vecinos de Concón, Quintero y Puchuncaví.
La Superintendencia del Medio Ambiente ordenó aplicar medidas provisionales por diez días corridos a siete empresas del cordón industrial de Concón, Quintero y Puchuncaví, luego de constatar un aumento en las atenciones de salud con diagnóstico asociado a contaminación atmosférica.
Las medidas involucran a las empresas ENAP Refinerías S.A. respecto de las Unidades Fiscalizables “Terminal Marítimo de Quintero ENAP” y “Refinería Aconcagua Concón”; Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A., “Terminal Marítimo de Quinteros” y la “Planta de Combustibles Concón”; Lipigas, “Planta Lipigas Concón”; Oxiquim S.A., “Terminal Marítimo Quintero Oxiquim”; Abastible, “Planta de Llenado de Cilindros Abastible Concón”; Empresa Nacional de Energía ENEX S.A., “Terminal de Asfaltos y Combustibles ENEX (ex Cordex S.A.)”; y BASF Chile S.A., “BASF Planta Concón”.
Las empresas deberán cumplir con lo siguiente:
Ante condición de “mala ventilación” y/o dos promedios horarios consecutivos de inversión térmica mayor o igual a 1,5°C: reducir en un 70% sus flujos nominales de cargas y descargas de productos combustibles que emitan Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs) . Así también, reducir en 50% cargas y/o transporte de productos combustibles de camiones.
Ante condición de “regular ventilación”: reducir en un 50% sus flujos nominales de cargas y descargas de productos combustibles que emitan COVs. Así también, reducir en 30% cargas y/o transporte de productos combustibles de camiones.
En caso de que no exista carga y descargas de combustibles: se aplicará el plan operacional correspondiente a cada empresa, considerando una condición de “mala ventilación”.