Geovictoria analiza efectos de la nueva norma sobre horas trabajadas a bordo

La normativa impactaría en la organización del trabajo a bordo de la marina mercante nacional.

La empresa especializada en control de asistencia laboral estudió los efectos en la industria naviera del Decreto 686 de la Dirección del Trabajo.

Desde el mes de Julio está vigente la normativa que estableció un sistema obligatorio de registro y control de asistencia, horas de trabajo, descansos y determinación de remuneraciones del personal embarcado y que generó inquietud en la industria naviera por sus posibles efectos en los sistemas de trabajo a bordo.

El dilema llegó incluso a la justicia donde, a comienzos de este mes, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó un recurso de protección que presentaron algunos armadores contra la Dirección del Trabajo, cuestionado la aplicabilidad de la nueva norma. Esa sentencia, contraria a los intereses de las empresas, ya fue apelada ante la Corte Suprema.

Los armadores cuestionaban la obligatoriedad de implementar a bordo un sistema digital y en línea para el control del inicio y finalización de la jornada laboral, sin periodo de marcha blanca y sin considerar la falta de proveedores de la tecnología necesaria ni las condiciones particulares de navegación en la zona austral donde hay áreas sin conectividad.

Sin embargo, estos no serían los mayores problemas de la normativa, según explican en la empresa Geovictoria, una compañía especializada en el control de asistencia y gestión del personal mediante el uso de innovadoras herramientas tecnológicas, con más de cinco mil en 20 países alrededor del mundo. Entre esos clientes hay, precisamente, empresas navieras en Chile que usan la tecnología de Geovictoria para el registro de asistencia y horas trabajadas de su personal en tierra

Juan Ignacio Oyarzún es ejecutivo de desarrollo de negocios de Geovictoria. Cuenta que cuando se publicó la normativa de la Dirección del Trabajo llegaron las primeras consultas sobre su aplicabilidad en las naves de la marina mercante y desde entonces han trabajado con las empresas y la autoridad para acercar sus posiciones.

Explica que hay exigencias como la marca de asistencia a bordo en tiempo real y 24/7, que sea georeferenciada y que el respaldo llegue a los correos electrónicos de trabajadores, para las que existen soluciones tecnológicas a mano.

Pero en su análisis del Decreto 686 encontraron un tema más profundo y es que pone a las navieras ante un doble escenario: el de una nueva normativa nacional en coexistencia con la reglamentación internacional sobre horas trabajadas.

Juan Ignacio Oyarzún explicó que la reglamentación internacional está definida en tratados firmados por Chile y que están orientados a controlar las horas de descaso del personal a bordo, al punto que si no se acredita su cumplimiento los puertos pueden negar la autorización de desembarco.

“La norma nacional dice que los trabajadores deben descansar al menos 10 horas dentro de la jornada de 24 horas, y que el lapso mayor de descanso debe ser de 8 horas y las otras 2 pueden ser seguidas o parcializadas”, explica el especialista.

Por otra parte, la norma internacional señala que en esas 10 horas de descanso el lapso mayor debe ser de al menos seis horas más las cuatro restantes.

“Este sistema en los barcos usado en todo el mundo es el que permite a los armadores chilenos organizar el trabajo a bordo con las dotaciones que se manejan habitualmente.

Aumentarlo a 8 más 2 impacta en la organización de los turnos y había que sumar tripulantes, aumentar las rotativas con mayor costo y cambios de operatividad”, indica.

Por eso, según el especialista, hay que ver la forma de complementar las normas nacional e internacional en esta materia de manera que no se afecte la operatividad de los barcos.